LECTURA N° 06
CARTOGRAFÍA
RESUMEN
La Ley
del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa fue promulgada con la finalidad de garantizar a la sociedad que las
Instituciones públicas y privadas, ofrezcan un servicio de calidad, verificando
la eficacia de lo que las Instituciones enseñan, por lo cual en la Ley del
SINEACE se consideran tres organismos:
IPEBA (Educación
básica)
CONEAU (Educación Superior
Universitaria)
CONEACES (Educación Superior no
Universitaria)
PROBLEMA Y CARACTERÍSTICAS
LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PRESENTAN DIFICULTADES PARA CEÑIRSE A LA LEY
DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD
EDUCATIVA
- Falso
liderazgo
- Incapacidad
en la toma de decisiones.
- Los servicios brindados no responden a las
demandas de la sociedad
- Capacitación docente insuficiente.
FUNDAMENTACIÓN
- Conceptos de
acreditación
- Ley del Sistema
Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.
JUICIO CRÍTICO
Sin
lugar a duda lo urgente en el País es la existencia de un ente nacional donde
participen las Instituciones de Educación Superior, el gobierno y la sociedad,
que en conjunto tengan la capacidad de tomar decisiones involucradas con el
desarrollo pertinentes a la calidad de educación e inducir a procesos de
mejoramiento. Sin
embargo el Artículo 5 de la Ley del SINEACE no logra su propósito de garantizar
a la sociedad dicha calidad porque, según el Artículo 12 de la Ley del SINEACE
y el Artículo 7 del Reglamento del SINEACE “La evaluación con fines de
acreditación es voluntaria (salvo en los casos de salud o educación)”. Que
ocurre con las IE que no quieran acreditarse? Quién se preocupa por la calidad
de esas IE?
CONCLUSIONES:
- La
acreditación debe ser voluntaria pero la implementación de un Sistema de
Calidad debe ser obligatoria. El SINEACE debe plantearse acciones de mejora más
profundas en beneficio de la Educación en nuestro país.
- Las
autoridades competentes deben dar un plazo para que los actuales profesores
universitarios se capaciten e impartan una educación de calidad en sus
universidades para orgullo propio y de toda la comunidad educativa.
BIBLIOGRAFÍA
LINKOGRAFÍA
http://www.unu.edu.pe/acreditacion/documentos/NORMAS%20LEGALES/Ley%20SINEACE.pdf
No hay comentarios.:
Publicar un comentario